Septiembre 2010

AVISO DE RESCISION LABORAL

EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO NOS MENCIONA 15 CAUSALES QUE SON CAUSAS DE RESCISION DE LA RELACION DE TRABAJO, SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON:

Dentro de las causas más comunes que se suscitan en las empresas, por citar un ejemplo tenemos la fracción X del mencionado artículo, que es el caso de TENER EL TRABAJADOR MAS DE TRES FALTAS DE ASISTENCIA EN UN PERIODO DE TREINTA DIAS, SIN PERMISO DEL PATRON O SIN CAUSA JUSTIFICADA

Para poder llevar a cabo esta Rescisión debe cumplir con los siguientes requisitos:

EL PATRON deberá dar AL TRABAJADOR aviso por escrito de la fecha y causa o causas de la Rescisión.
EL AVISO debe hacerse del conocimiento del trabajador, y en caso de que este se negare a recibirlo, EL PATRON dentro de los cinco días siguientes a la fecha de rescisión, deberá hacerlo del conocimiento de la junta respectiva, proporcionando a esta, el domicilio que tenga registrado y solicitando su notificación al trabajador LA FALTA DE AVISO AL TRABAJADOR O A LA JUNTA, por sí sola bastará para considerar que el despido fue injustificado.
Por ello es conveniente, que en la redacción del citado documento  se contengan  las siguientes circunstancias:

El Corporativo pone a su disposición un formato de Aviso de rescisión, mismo que podrá ajustar a sus necesidades.

Esta información permite prever  problemas a su empresa; sin embargo es conveniente que este en contacto con Nosotros para brindarle una mejor asesoría.

En caso de duda sobre algún punto del aviso, estamos a sus órdenes.


CORPORATIVO VIZCARRA/MARTINEZ Y ASOCIADOS S.C.

ANIVERSARIO DEL CORPORATIVO

El próximo 25 de septiembre, celebramos nuestro tercer aniversario como Corporativo Vizcarra Martínez y Asociados S.C.

Felipe Martínez Villalobos y Amalia Vizcarra Berumen, nos unimos en esta empresa, siendo estudiantes de Maestría en Administración en Cetys Universidad, en la materia de Planes de negocios, llevamos a cabo un trabajo de cómo crear un Despacho Independiente, formamos un equipo y aquí estamos orgullosos y felices de estar creciendo día a día.
Felipe es un gran Contador reconocido en la localidad, por su perseverancia, su amor al estudio y su capacidad de análisis en las empresas que maneja, Ha cursado las Maestrías  de Impuestos y de administración con concentración en alta Dirección (actualmente cursando su ultima materia) y un sinfín de cursos, diplomados y seminarios que le han permitido estar actualizado .

Amalia, también ha sido Contadora por muchos años, estudió la carrera de Licenciado en Derecho y cuenta con las Maestrías de Impuestos y Derecho Corporativo, distinguiéndose también por su amor al estudio que le ha permitido estar al día en lo que hace.

Estos son los perfiles que nos permite diagnosticar a las empresas, aplicando conocimientos variados que en conjunto, permiten prevenir o resolver problemas que resultan de gran utilidad a las empresas que nos permiten ser parte de su equipo.

En Nuestro Equipo participan varios Contadores que colaboran activamente, Ellos tienen su mérito propio y nosotros somos guía para que lleven a cabo su trabajo asignado: Verónica, Adriana, Rosy y Héctor gracias por su apoyo.

Para Nuestros Clientes, les agradecemos su preferencia y esperamos que su permanencia con Nosotros, sea por mucho tiempo, que se sientan satisfechos de nuestra labor como profesionistas y que el entusiasmo por hacer las cosas bien, sea mutuo.

“LA PEOR DERROTA DE UNA PERSONA, ES CUANDO PIERDE EL ENTUSIASMO “: H.W. ARNOLD

Nosotros lo tomamos como un deber diario.

Comunicado de prensa núm. 123/2010
México, D. F., 3 de septiembre de 2010

LA FACTURA ELECTRÓNICA ¡EN MARCHA!
 A partir del 1 de enero de 2011, inicia el cambio, de manera paulatina, al uso generalizado de la facturación electrónica

 Se amplían los mecanismos para emisión de comprobantes para todos los contribuyentes

 Los contribuyentes pueden optar desde ahora por el esquema facturación electrónica

 Los actuales comprobantes fiscales impresos podrán seguir utilizándose hasta vencerse, sin importar el monto que amparen

 Se prevé que los contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos puedan seguir expidiendo comprobantes impresos, sin importar el monto que amparen
El Servicio de Administración Tributaria informa acerca de los nuevos mecanismos de comprobación fiscal que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2011.

Actualmente existen los comprobantes fiscales impresos y, desde 2005, la facturación electrónica como un esquema opcional. La reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, dispone que a partir del 1 de enero de 2011 los contribuyentes deban expedir documentos digitales como comprobantes por las actividades que realicen, lo que supone una transición de un esquema opcional a un uso generalizado de facturación electrónica.

Cómo parte del esquema de transición, los contribuyentes que al 1 de enero de 2011 tengan comprobantes impresos, podrán seguir utilizándolos hasta que se agote su vigencia de 2 años.

Para los contribuyentes con ingresos acumulables iguales o menores a 4 millones de pesos al año, el proceso de transición también prevé que puedan seguir expidiendo comprobantes fiscales impresos, los cuales contendrán un elemento de seguridad adicional que será proporcionado, sin costo, por el SAT. Para ello, los mismos contribuyentes deberán pedir la aprobación de folios a través del portal de Internet del SAT utilizando su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) e imprimirlos desde su casa, negocio, café internet, impresor, etcétera, con lo que los mecanismos de emisión de comprobantes se amplían de manera importante.
Los contribuyentes con ingresos superiores a 4 millones de pesos al año podrán emitir comprobantes impresos con código de barras, sólo para operaciones cuyos montos no superen los 2,000 pesos.

Durante 2010, el uso de la factura electrónica es opcional para cualquier contribuyente, por lo que los contribuyentes que actualmente expiden comprobantes impresos pueden migrar al esquema de facturación electrónica en cualquier momento.

Lo anterior implica que para quienes ya optaron u opten por el uso de la facturación electrónica durante 2010, se les respetará el uso de los modelos vigentes, considerando, además, que los contribuyentes que emiten facturas electrónicas a través de proveedores actuales podrán seguir operando éste esquema, durante el primer semestre de 2011.
Con la facturación electrónica se genera una mayor seguridad jurídica, dificultando la generación de comprobantes apócrifos que afectan a la economía formal, por lo que su uso disminuye los riesgos de fraude y de evasión fiscal.

Los actuales impresores autorizados podrán ofrecer una gama muy amplia de servicios al contribuyente, como puede ser la renta de equipo e internet a quien no disponga de los mismos, impresión de comprobantes con características especiales y en altos volúmenes.

Adicionalmente, cualquier impresor podrá brindar los servicios al contribuyente de impresión de comprobantes fiscales, con lo que se ampliará el número de prestadores de servicios y la diversificación de sus funciones.

Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de mejores procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han ido incrementando paulatinamente su uso, disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos.
A la fecha, se han expedido más de 849 millones de facturas electrónicas, de las cuales cerca del 56% se han emitido solo en lo que va de 2010.

En términos de lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, hoy se publicaron las reglas que regulan administrativamente el nuevo esquema de facturación electrónica, lo que permite a los contribuyentes tener la información necesaria antes del inicio de la operación del mismo.

El uso de la factura electrónica genera importantes beneficios para el desarrollo económico del país, toda vez que al disminuir los costos de facturación se propicia aumento en la competitividad, se promueve la modernización tecnológica de los negocios, se simplifican los procedimientos administrativos internos y se facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Se puede consultar mayor información sobre este tema en www.sat.gob.mx