Agosto 2010

     SERVICIO POSTAL MEXICANO, INICIA EN LA TERCER SEMANA DE AGOSTO DE ESTE AÑO, HABILITADO PARA HACER NOTIFICACIONES PERSONALES.

El Servicio de Administración Tributaria ha habilitado al Servicio Postal mexicano ( SEPOMEX) para que en su carácter de tercero, lleve a cabo notificaciones personales.

Existen criterios que deberán esclarecerse, ya que existen diferentes formas de operar entre ambos Organismos.

 En cuanto a la Interpretación del Artículo 134 fracción I del Código de la federación,  según se desprende de su lectura, habla de notificaciones personales o por correo certificado, siendo que las primeras tienen que llevar un procedimiento conforme al artículo 137 del mismo código tributario en cuanto si el notificador no encuentra a la persona que busca, le dejara citatorio en su domicilio para poder entenderlo con un tercero en caso de desatenderlo; sin embargo con esta habilitación que hace el SAT al Servicio Postal Mexicano, no queda claro que reglas se van a aplicar, ya que son  disposiciones legales completamente diferentes.

FUNDAMENTO DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO

ART. 42 DE LA LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO: EL SERVICIO DE ACUSE DE RECIBO DE ENVIOS O DE CORRESPONDENCIA REGISTRADOS, CONSISTE EN RECABAR EN UN DOCUMENTO ESPECIAL LA FIRMA DE RECEPCION DEL DESTINATARIO O DE SU REPRESENTANTE LEGAL Y EN ENTREGAR ESE DOCUMENTO AL REMITENTE, COMO CONSTANCIA.
EN CASO DE QUE, POR CAUSAS AJENAS AL ORGANISMO NO PUEDA RECABARSE LA FIRMA DEL DOCUMENTO, SE PROCEDERA CONFORME A LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS.
REFERIMOS LA FUNDAMENTACION DEL SAT:

En lo que se refiere a Notificaciones personales en los Términos de la fracción I y último párrafo del mismo Articulo 134 del Código Fiscal de la federación, las notificaciones, entre otros medios señalados en este mismo artículo se harán:
I. Personalmente o por correo certificado o mensaje de datos con acuse de recibo, cuando se trate de citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y de actos administrativos que puedan ser recurridos.
El Servicio de Administración Tributaria podrá habilitar a terceros para que realicen las notificaciones previstas en la fracción I de este artículo, cumpliendo con las formalidades previstas en este Código y conforme a las reglas generales que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria.
La Resolución Miscelánea para el 2010 en su regla I.2.20.1., establece:    ..Dicha habilitación de terceros se dará a conocer a través de la página de Internet del SAT.

En la Página del SAT, el día 17 de agosto del presente, tomando en cuenta los antecedentes ya mencionados en los párrafos anteriores  publica:
El Servicio de Administración Tributaria ha habilitado al Servicio Postal mexicano…. para que en su carácter de tercero habilitado realice las notificaciones personales previstas en la fracción I del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación.

Este servicio inicia a partir de la tercera semana de agosto de este año y las administraciones locales de recaudación se incorporarán gradualmente.
Estaremos atentos a las disposiciones que se adecuen para uniformar los procedimientos comentados, Por lo pronto el Servicio Postal Mexicano ya estará llevando a cabo notificaciones de actos administrativos.

                                           SOCIOS DIRECTIVOS
C.P.C. M.I.FELIPE MARTINEZ VILLALOBOS    C.P.C. LIC AMALIA VIZCARRA BERUMEN                

 

 

 

 

 

Medidas de simplificación administrativa

Extracto del Discurso del Presidente Calderón, ante su Gabinete y Representantes del Sector Empresarial,  el día de ayer 17 de agosto del 2010, anunciando 12 medidas de simplificación Administrativa.
 
Primero. Facilitación para la exportación de productos mexicanos a Europa y América Latina. 

Hemos reducido esos requerimientos para el exportador en un 70 por ciento, y el tiempo para obtener el Certificado de Origen a sólo un par de horas. Esta medida va acompañada de la simplificación en el Registro de Productos Elegibles.
 
Segundo. Simplificamos y agilizamos la presentación y resolución de quejas para los usuarios del servicio eléctrico.
 
Ahora podrá hacerlo desde su casa, o su oficina, a través de  Internet, las 24 horas del día, los 365 días del año, y se ahorrarán hasta 40 días para ver concluido y resuelto su caso.
 
Tercero. Se simplifican los trámites para recibir y registrar inversión extranjera en el país,
Se va a automatizar la presentación de la información ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
 
Cuarto. Se amplían los servicios que se ofrecen a través del portal electrónico tuempresa.gob.mx
Incorporación de cuatro nuevos trámites en línea, que son los siguientes:

  1. Alta patronal, e inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo, ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Es decir, se podrá hacer este registro en línea, que antes se tenía que hacer  personalmente, manualmente, a través de papel; y se podrá hacer simultáneamente con los trámites que se realizan en el registro ante la Secretaría de Hacienda.

  2. Aviso de Funcionamiento de Establecimientos y de Responsable Sanitario ante la COFEPRIS, que también tenía que hacerse manual y personalmente. Ahora se podrá hacer a través del portal tuempresa.gob.mx.

  3. El Registro de Marca, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual. También se podrá hacer a través de este portal.

  4. El Aviso de Manejo de Residuos Peligrosos, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
     

Quinta  Promoción del equipamiento de las pequeñas y medianas empresas, las Pymes, y el acceso a productos electrónicos en nuestro país, mediante el fortalecimiento del Sistema de Normalización. 
            
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Sexta. Automatización en el proceso para la obtención del Registro Sanitario.

A partir de septiembre, esta documentación también podrá ser enviada a través de la página de Internet de COFEPRIS, y los laboratorios, y toda la industria farmacéutica del país, en general, se va a ahorrar tiempo, costos, y evitaremos también trámites que generan dilación e, incluso, corrupción, para poder realizar este trámite a través de una gestión electrónica y prácticamente automática, en un expediente digital de COFEPRIS.
 
Séptima.- Impulso a la comercialización de equipos y dispositivos médicos de última generación en nuestro país.
 
A partir de hoy, la COFEPRIS también simplifica significativamente los procesos de evaluación para que los dispositivos médicos, desde un aparato de Rayos X o algún instrumental utilizado en la odontología, por ejemplo; todo ese equipo médico, que ya cuente con un Registro Sanitario para comercializarse en Estados Unidos y Canadá, pueda obtener el Registro Sanitario en nuestro país de una manera, también, expedita.
 
Octavo. Promoción del acceso de las familias a la salud, poniendo a su alcance una mayor oferta de medicamentos.
 
Noveno. Establecimiento de  una interconexión directa entre el Sistema de Administración Tributaria y la COFEPRIS para la transmisión en tiempo real de los Permisos Sanitarios de Importación.
  
A partir de octubre se va a iniciar el envío de información correspondiente a los Permisos de Importación de medicamentos y productos que tienen sustancias controladas. Estas acciones van a contribuir también a la identificación, a través de tecnología informática, de posibles ilícitos en la importación de mercancías.
 
Décimo. Vinculación con el Sector agropecuario.
           
A partir del próximo 30 de septiembre, vamos a automatizar la expedición del Certificado Fitosanitario y Zoosanitario de Movilización Nacional, con lo que simplificaremos más de dos millones de operaciones anuales de ganado, de aves, de frutas y de hortalizas.
 
Décimo primero. Generación de ahorros para los productores agropecuarios, al automatizar la obtención del Registro para Productos de Uso y Consumo Animal.
 
A partir del 30 de septiembre, se eliminará la necesidad del registro para distintos productos veterinarios, como son los que he mencionado.
 
Décimo segundo. Apoyos a  la productividad de las empresas mexicanas y el ingreso de las familias, al desregular también, el proceso de importación de cárnicos, de granos, de oleaginosas y de otros productos agropecuarios, con tres acciones específicas:
 
 
Antes, el tiempo de espera en la frontera para la importación de cárnicos era de al menos cuatro horas por operación, cuatro horas por camión, con un costo estimado de 15 dólares por hora, hoy  se reduce el tiempo de espera a menos de una hora en el 50 por ciento del volumen importado, fundamentalmente lo que va directamente a las Plantas TIF, y eso representa un ahorro de más del 37 por ciento, estimamos, en los costos de espera.
 
Mayor Información en la Pagina www.Presidencia.gob.mx